El reconocimiento de nuestra identidad y personalidad jurÃdica implica respetar la correcta escritura de los nombres y apellidos en el documento nacional de identidad (DNI), según la DefensorÃa del Pueblo.
La omisión de tildes en los nombres o apellidos es un error de escritura que no invalida un acto jurÃdico ni administrativo. Hoy se puede subsanar mediante una rectificación (fe de erratas).